
SCJN prioriza protección del patrimonio indígena sobre intereses comerciales.
Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó retirar el permiso que permitía a Grupo Xcaret utilizar elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad turística, al considerar que su protección es un asunto de interés público y social.
Con esta resolución, la empresa deberá retirar dicha simbología de su publicidad y plataformas digitales, mientras continúa el proceso legal de fondo.
🏛️ Debate en la Corte
El fallo fue aprobado por mayoría en el Pleno, tras un debate en el que se destacó que ninguna empresa privada puede disponer del patrimonio cultural indígena sin el consentimiento pleno de las comunidades.
Ministros señalaron que, aunque existía un contrato con el Gran Consejo Maya, este no representa a la totalidad de comunidades indígenas, por lo que no cumple con los estándares constitucionales de consulta previa, libre e informada.
⚠️ Interés cultural vs. interés comercial
La Corte subrayó que el uso de símbolos culturales debe respetar los derechos colectivos de los pueblos originarios, dejando claro que la inversión privada no justifica la apropiación del patrimonio cultural.
Asimismo, se rechazó la comparación con proyectos públicos, argumentando que estos sí han contemplado procesos de consulta comunitaria.
🔎 Litigio continúa
El caso aún no está resuelto en definitiva, por lo que será en etapas posteriores cuando se determine el fondo del conflicto entre la empresa, comunidades mayas y autoridades culturales.
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